Regulación de usos conflictivos
Introducción
El Plan Regulador del cantón de Escazú, se incorpora, de conformidad con el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana. El procedimiento, para su aprobación, se describe a continuación:.
• - a) Se convocó a una audiencia pública por medio del diario oficial La Gaceta, No. 68 del 6 de abril, 2004. Dicha audiencia se realizó el 15 de mayo de 2004 en la Escuela República de Venezuela, donde se dio a conocer el proyecto y la reglamentación propuesta, y se recogieron las observaciones verbales y escritas formuladas por interesados.
• - b) Se obtuvo la aprobación de sus reglamentos por parte del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo mediante el dictamen de la Dirección de Urbanismo del 16 de diciembre de 2004, con el oficio PU-C-D-1712-2004.
• - c) El Concejo Municipal acordó la adopción formal de sus reglamentos, por mayoría absoluta de votos, en la sesión extraordinaria Nº 59, efectuada el 17 de diciembre de 2004, según acuerdo No. AC-693-04.
• - d) Se publica el presente reglamento en el diario oficial La Gaceta, No.54 del 17 de marzo de 2005, y se informa sobre el acuerdo de adopción y entrada en vigencia del Plan Regulador desde esa misma fecha, a menos de que se presenten los casos mencionados en el capítulo V de Transitorios (Municipalidad de Escazú, 2005).
Estructura del Plan Regulador de Escazú
Contenido
El Plan Regulador es un documento estructurado en seis capítulos y cuarenta y ocho artículos, entre los cuales se incluyen las disposiciones transitorias y el glosario de términos básicos. El contenido de cada capítulo, de manera condensada es el siguiente: (Municipalidad de Escazú, 2005).
CAPÍTULO I - Establecimiento y aplicación del Plan Regulador
Los artículos del 1 al 6 se exponen el procedimiento de aprobación, marco conceptual, ámbito de aplicación, requisitos para construcción, sanciones y recursos.