Planificación de agendas urbanas
Introducción
La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura (DGAUA) es el órgano directivo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, adscrito a la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, que asume la planificación, impulso, gestión y coordinación de las competencias que, en materias con incidencia en políticas urbanas, así como en arquitectura y edificación, corresponden a la Secretaría General.[1].
Historia
Primeros años y evolución (1939-1978)
La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, que recibe este nombre desde el año 2020, tiene sus raíces en la Dirección General de Arquitectura, creada por Ley de 23 de septiembre de 1939 con el objetivo de colaborar en el objetivo que el régimen franquista denominó como Reconstrucción Nacional.[2] Esta ley integró la dirección general en el Ministerio de la Gobernación "Ministerio del Interior (España)") y de ella dependían todos los arquitectos y auxiliares técnicos que prestaban servicio al Estado, provincias "Provincia (España)") y municipios "Municipio (España)"), así como las entidades colegiales o sindicales de las expresadas profesiones. Sus funciones eran tres: la ordenación nacional de la arquitectura, dirigir la intervención de los arquitectos en los servicios públicos que lo requieran y dirigir las actividades profesionales de este tipo.[2].
Desde el 12 de marzo de 1942 pasó a depender de la Dirección General de Arquitectura el Patronato Nacional Antituberculoso[3] y, desde el 22 de julio de 1949, existió una la Junta Nacional de Urbanismo con el objetivo de potenciar la labor urbanística de la dirección.[4].
En febrero de 1956, la Dirección General de Arquitectura pasó a denominarse «de Arquitectura y Urbanismo».[5] En 1957, con la creación del Ministerio de Vivienda "Ministerio de Vivienda (España)"), este órgano directivo se adscribe al nuevo departamento, con la intención de ser renombrada como Dirección General de Urbanismo,[6] pero finalmente Arquitectura y Urbanismo conformaron dos órganos diferentes.[7].
Además de las funciones que ya poseía, desde su integración en este nuevo departamento asumió las responsabilidades de la extinta Dirección General de Regiones Devastadas[8] y, desde junio de 1960, las funciones de la Dirección General de Economía y Técnica de la Construcción, pasando a denominarse «Dirección General de Arquitectura, Economía y Técnica de la Construcción».[9] De igual forma, su denominación cambió a «Dirección General de Arquitectura y Tecnología de la Edificación» en 1972.[10].