Plan Especial de Protección
Introducción
En España, la acción permanente de los poderes públicos, en materia de protección civil, se orienta al estudio y prevención "Prevención (fenómenos naturales extremos)") de las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública y a la protección y socorro de personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan.
La protección civil es un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes Administraciones Públicas, así como los ciudadanos mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria.
En los supuestos de declaración de los estados de alarma, excepción o sitio, la protección civil queda sometida, en todas sus actuaciones, a las autoridades competentes en cada caso.
Normativa
Ámbito estatal
La protección civil encuentra actualmente su fundamento jurídico, dentro de la Constitución, en la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la integridad física, como primero y más importante de todos los derechos fundamentales –art. 15– en los principios de unidad nacional y solidaridad territorial –art. 2– y en las exigencias esenciales de eficacia y coordinación administrativa –art. 103–. Mediante Ley, con arreglo al artículo 30.4 de la Constitución, podrán imponérseles deberes a los ciudadanos para hacer frente a los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, auténticos presupuestos de hecho de la protección civil.
Sobre esta base se aprobó la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil[1].
Complementan el marco normativo estatal las siguientes normas:.
• - Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.[2].
• - Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.[3].
• - Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Auto protección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia modificada por Real Decreto 1468/2008, de 5 de septiembre.[4][5].