Plan de concesiones
Introducción
El contrato de concesión de obras públicas es un tipo de contrato relativo al régimen de contratación del sector público "Contratación del sector público (España)") en España. Su regulación esencial está contenida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El contrato de concesión de obras públicas es una figura derivada del contrato de obras. Recae sobre prestaciones semejantes (obras de primer establecimiento, reforma, gran reparación, reparación, rehabilitación, restauración, mantenimiento y conservación), aunque se caracteriza por la contraprestación que recibe el contratista, que podrá consistir en el derecho a explotar la obra, o bien en dicho derecho acompañado de la percepción de un precio a cargo del ente del sector público que contrata.[1].
La ejecución del contrato se hará a riesgo y ventura del contratista. Eventualmente, el contrato podrá incluir la posterior adecuación, reforma, modernización y reparación de la obra, de cara a mantener su funcionalidad.[2].
Procedimiento
Preparación
La fase de preparación de los contratos de concesión de obra pública empieza con la elaboración, por parte de la Administración concedente, de un estudio de viabilidad, que hará referencia al coste y justificación de la obra, así como a la rentabilidad de la concesión, su impacto socioeconómico y ambiental, e incluso los riesgos operativos y tecnológicos de la construcción y explotación de la obra. Tal estudio será sometido a un posterior trámite de información pública.[3].
Tras la aprobación del estudio de viabilidad, la Administración podrá elaborar un anteproyecto de construcción y explotación de la obra, en función de su complejidad.[4] Cuando la definición de las características haya sido suficientemente precisada, la Administración procederá a la redacción, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto.[5].
La Ley también establece unos contenidos mínimos a los que deberán hacer alusión los pliegos de cláusulas administrativas particulares. De esta manera, deberán especificar el objeto del contrato, la solvencia, el sistema de retribución, las garantías, etc. Cabe hacer especial mención al contenido mínimo de las proposiciones, que deberán hacer alusión a aspectos esenciales del contrato, como el plazo de duración de la concesión o el plan económico-financiero de dicha concesión.[6].