Ordenanza de Agrupación
Introducción
Colombia, oficialmente República de Colombia, es un país soberano situado en la región noroccidental de América del Sur, que se constituye en un estado unitario, social y democrático de derecho cuya forma de gobierno es presidencialista. Es una república organizada políticamente en departamentos descentralizados y el distrito capital de Bogotá, sede del Gobierno Nacional.
Según la Constitución de 1991, Colombia está compuesta por 32 departamentos y un distrito capital. Los gobiernos departamentales se encuentran divididos en tres poderes: La rama ejecutiva, ejercida por el gobernador departamental, elegido cada cuatro años. Cada departamento tiene su propia asamblea departamental, corporación pública de elección popular regional que goza de autonomía administrativa y presupuesto propio. Las asambleas departamentales están conformadas por no menos de 11 diputados ni más de 50, elegidos popularmente para un periodo de 4 años. Las asambleas departamentales emiten ordenanzas de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial o departamento.
Primer nivel administrativo
Departamentos
Los departamentos son las unidades territoriales de primer nivel en Colombia. El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales. Los departamentos forman regiones geográficas, culturales y económicas. De acuerdo con el Artículo 298 de la Constitución Política de Colombia de 1991, es una entidad territorial que goza de autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución y las leyes.[1].
Anteriormente existían las figuras de comisaría e intendencia,[2] las cuales conformaban los llamados territorios nacionales "Territorio nacional (Colombia)"). Su régimen administrativo era muy distinto a los departamentos, siendo relegado este a las disposiciones del gobierno central; entre las que se encontraban: Guainía, Vaupés, Vichada, entre otros. Sin embargo, estas fueron elevadas a la categoría de departamento por medio de la constitución nacional de 1991.[2].