Ordenación de áreas funcionales
Introducción
Las Directrices de Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco[1][2] establecen los ejes de actuación sobre el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje, los espacios urbanos, industriales y rurales, las infraestructuras y equipamientos del patrimonio histórico y cultural. La delimitación de áreas funcionales integradoras de espacios urbanos y rurales, son ámbitos que permiten una ordenación del territorio próxima a los ciudadanos, y el establecimiento de cabeceras para consolidar una red de ciudades medias esenciales para crear nuevas opciones de desarrollo y prestar servicios de carácter comarcal a toda el área funcional. Las áreas de influencia constituyen la base de referencia para el desarrollo armónico y coordinado de la Comunidad y se fundamentan en criterios de interconexión e integración, de tal manera que los planes territoriales y sectoriales, así como el planeamiento municipal, no sean elaborados de forma independiente entre sí, sino que todos persigan objetivos coherentes.
Áreas funcionales del País Vasco[3]
Vitoria-Álava Central.
Laguardia.
Llodio.
San Sebastián.
Beasáin-Zumárraga.
Éibar.
Mondragón-Vergara.
Tolosa.
Zarauz-Azpeitia.
Bilbao metropolitano.
Valmaseda-Zalla.
Durango.
Guernica-Marquina.
Yurre.
Munguía.
Referencias
- [1] ↑ «Ordenación del Territorio». Gobierno Vasco.: http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49-565/es/contenidos/informacion/dots/es_1165/dot_c.html
- [2] ↑ «Ordenación del Territorio». Gobierno Vasco.: http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49-565/es/contenidos/informacion/dots/es_1165/indice_c.html
- [3] ↑ «Áreas de influencia del País Vasco». Gobierno Vasco.: http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49orokorra/es/contenidos/informacion/dots/es_1165/adjuntos/areas_funcionales.pdf