Inventario de árboles históricos
Introducción
Se considera patrimonio arbóreo monumental el conjunto de árboles cuyas características botánicas de monumentalidad o circunstancias extraordinarias de edad, porte u otros tipos de acontecimientos históricos, culturales, paisajísticos, científicos, de recreo o ambientales ligados a ellos y a su legado, los haga merecedores de protección y conservación. Abarca tanto a los ejemplares aislados como a las arboledas o conjuntos que contengan varios especímenes arbóreos.
Los árboles singulares destacan por ciertas características (edad, tamaño, historia, significación cultural o rareza) que les hacen merecedores de un especial cuidado y protección, por lo que constituyen parte del patrimonio natural. Una arboleda singular es un grupo de árboles singulares, o un conjunto armonioso de árboles que por separado no alcanzarían suficiente valor.[1].
Normativa
A los árboles reconocidos como monumentales o declarados singulares no se les puede talar ni dañar total ni parcialmente. Se establecen zonas de protección a su alrededor, cuya extensión varía según el paisaje, las especies asociadas, los peligros potenciales y otros factores. Para cualquier clase de protección debe pedirse un permiso a la administración competente. Para los casos en que alguien daña los árboles catalogados de singulares, las leyes estipulan sanciones.
Cuentan con leyes y catálogos Cantabria (1984), Baleares (1991), Comunidad de Madrid (1992), País Vasco (1995), Extremadura (1998), La Rioja "La Rioja (España)") (1999), Castilla y León (2003), Aragón (2004), Comunidad Valenciana (2006), Galicia (2007)[2] y Región de Murcia (2016).[3].
Los inventarios de árboles monumentales y singulares son abiertos, ya que se pueden incorporar continuamente nuevos ejemplares o eliminar los muertos.
• - Anexo:Árboles centenarios en España.
• - Anexo:Árboles milenarios en España.
• - Árboles singulares de La Rioja (España) "Árboles singulares de La Rioja (España)").
• - Árboles singulares de Cantabria.
• - Árboles singulares de la Comunidad de Madrid.
• - Árboles singulares de Extremadura.
• - Árboles y arboledas singulares de Aragón.
• - Árboles singulares de la Comunidad Autónoma del País Vasco.