Inspección de corredores biológicos | Construpedia
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Inspección de corredores biológicos
Introducción
La ampliación y bloqueo de las competencias de la Generalidad en el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, enumeradas en el Título IV del Estatuto, constituyeron una de las principales novedades y una de sus cuestiones más discutidas y polémicas ya que la propuesta aprobada por el Parlamento de Cataluña el 30 de septiembre de 2005 fue ampliamente modificada al año siguiente por las Cortes Generales, tras el acuerdo alcanzado en enero de 2006 entre el presidente del Gobierno español, el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, y el líder de Convergència i Unió Artur Mas, entonces en la oposición en Cataluña.
El proyecto que aprobó el Parlamento de Cataluña
Cuando se aprobó el proyecto de nuevo Estatuto por el Parlamento de Cataluña, las fuerzas políticas catalanas y los medios de comunicación coincidieron en destacar que la ampliación y el llamado blindaje de las competencias constituían una de las principales novedades del nuevo Estatuto. Fueron el resultado de una intensa negociación entre los tres partidos (Partit dels Socialistes de Cataluña") (PSC), Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) e Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Unida i Alternativa (ICV-EUiA) ) que apoyaban al gobierno de la Generalidad presidido por el socialista Pasqual Maragall, y el principal partido de la oposición Convergencia i Unió (CiU), mientras que el Partido Popular de Cataluña se opuso al acuerdo y votó en contra.[1].
El Título IV dedicado a las competencias era el más largo del proyecto y recogía cerca de sesenta competencias atribuidas a la Generalidad. Además introducía el "blindaje" de las mismas, que consistía en una definición detallada y exhaustiva de la competencia que impidiera que las Cortes Generales pudieran "recortarla" mediante leyes orgánicas o de base. Para ello también se definían las competencias atribuidas únicamente a la Generalidad como "exclusivas y excluyentes", una formulación avalada por el Consejo Consultivo de la Generalidad de Cataluña, junto con las competencias compartidas, aquellas en las que la Generalidad y el Estado tienen conjuntamente la potestad legislativa y reglamentaria, y las ejecutivas, en las que le corresponde a la Generalidad la aplicación de la normativa establecida por el Estado.[1].
Antes de su aprobación por el Parlamento de Cataluña, se pidió un dictamen al Consejo Consultivo de la Generalidad de Cataluña y este organismo jurídico avaló la fórmula de detallar las competencias con el fin de , pero se opuso a la pretensión de los ponentes de obligar a las Cortes Generales para que modificaran determinadas leyes estatales para acomodarlas a lo dispuesto en el Estatuto. La fórmula que adoptó el Parlamento de Cataluña fue "instar" a las Cortes Generales a que cambiaran las leyes para que la Generalidad pudiera algunas de las nuevas competencias que le atribuye el Estatuto, por lo que éstas no serían ejercidas por la Generalidad hasta que los cambios legales entraran en vigor. Sin embargo, un informe encargado por el Ministerio de Administraciones Públicas a cuatro reputados juristas indicaba que "la ampliación de competencias [en el Estatuto] es masiva, injustificada y claramente contraria a la Constitución". Además rechazaban el de las nuevas competencias que pretendía asumir la Generalidad porque suponía "maniatar al Estado".[2].
Inspección de corredores biológicos
Introducción
La ampliación y bloqueo de las competencias de la Generalidad en el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, enumeradas en el Título IV del Estatuto, constituyeron una de las principales novedades y una de sus cuestiones más discutidas y polémicas ya que la propuesta aprobada por el Parlamento de Cataluña el 30 de septiembre de 2005 fue ampliamente modificada al año siguiente por las Cortes Generales, tras el acuerdo alcanzado en enero de 2006 entre el presidente del Gobierno español, el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, y el líder de Convergència i Unió Artur Mas, entonces en la oposición en Cataluña.
El proyecto que aprobó el Parlamento de Cataluña
Cuando se aprobó el proyecto de nuevo Estatuto por el Parlamento de Cataluña, las fuerzas políticas catalanas y los medios de comunicación coincidieron en destacar que la ampliación y el llamado blindaje de las competencias constituían una de las principales novedades del nuevo Estatuto. Fueron el resultado de una intensa negociación entre los tres partidos (Partit dels Socialistes de Cataluña") (PSC), Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) e Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Unida i Alternativa (ICV-EUiA) ) que apoyaban al gobierno de la Generalidad presidido por el socialista Pasqual Maragall, y el principal partido de la oposición Convergencia i Unió (CiU), mientras que el Partido Popular de Cataluña se opuso al acuerdo y votó en contra.[1].
El Título IV dedicado a las competencias era el más largo del proyecto y recogía cerca de sesenta competencias atribuidas a la Generalidad. Además introducía el "blindaje" de las mismas, que consistía en una definición detallada y exhaustiva de la competencia que impidiera que las Cortes Generales pudieran "recortarla" mediante leyes orgánicas o de base. Para ello también se definían las competencias atribuidas únicamente a la Generalidad como "exclusivas y excluyentes", una formulación avalada por el Consejo Consultivo de la Generalidad de Cataluña, junto con las competencias compartidas, aquellas en las que la Generalidad y el Estado tienen conjuntamente la potestad legislativa y reglamentaria, y las ejecutivas, en las que le corresponde a la Generalidad la aplicación de la normativa establecida por el Estado.[1].
blindarlas
blindaje
Entre las competencias económicas y financieras, una de las más destacadas por los medios fue que la Generalidad era la administración que fijaba los horarios comerciales (art. 121), así como que se otorgaba a la Generalidad la regulación de la organización de las cajas de ahorros, que incluía la determinación del estatuto jurídico de los miembros de los órganos rectores y de los otros altos cargos (artículo 126). En cuanto a las infraestructuras, la propuesta del Parlamento de Cataluña incluía que la posición de la Generalidad sería determinante para decidir si llevaba a cabo un trasvase entre cuencas fluviales que afectaran a su territorio (art. 117).[1].
Una de las novedades más destacadas por las fuerzas políticas y los medios catalanes fue que la Generalidad asumía competencias en inmigración que hasta entonces no tenía, incluyendo la potestad de establecer, a través de la Comisión Bilateral con el Estado, el contingente de inmigrantes que podía recibir Cataluña, además de ocuparse de la integración social y económica de ellos (art. 138). Otra novedad era la competencia de la Generalidad para gestionar los servicios del régimen económico de la Seguridad Social de España, uno de los puntos más criticados por el Partido Popular por considerar que rompía la caja única de la Seguridad Social (art.165).[1].
En cuanto a educación, cultura, deporte y ocio, uno de los aspectos más destacados por los medios catalanes fue la competencia de la proyección exterior del deporte catalán, lo que suponía que se podrían formar selecciones catalanas que participaran en las competiciones oficiales internacionales (artículo 134).[1]
En cuanto a las nuevas competencias administrativas, se destacó que sería la Generalidad el organismo que fijaría las competencias de los entes locales de Cataluña, lo que incluía la desaparición de las cuatro diputaciones provinciales catalanas, que serían sustituidas por siete veguerías (art. 151 y 160).[1].
Sentencia del Tribunal Constitucional
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 declaró inconstitucionales tres incisos de los artículos 110, 120 y 126 (que ya han sido señalados con un tachado en el apartado anterior) y otros cinco (junto con el 110) sometidos a la interpretación del Tribunal para que pudieran ser considerados acordes con la Constitución Española de 1978. Los artículos afectados (con su correspondiente interpretación) fueron los siguientes:.
Antes de su aprobación por el Parlamento de Cataluña, se pidió un dictamen al Consejo Consultivo de la Generalidad de Cataluña y este organismo jurídico avaló la fórmula de detallar las competencias con el fin de blindarlas, pero se opuso a la pretensión de los ponentes de obligar a las Cortes Generales para que modificaran determinadas leyes estatales para acomodarlas a lo dispuesto en el Estatuto. La fórmula que adoptó el Parlamento de Cataluña fue "instar" a las Cortes Generales a que cambiaran las leyes para que la Generalidad pudiera algunas de las nuevas competencias que le atribuye el Estatuto, por lo que éstas no serían ejercidas por la Generalidad hasta que los cambios legales entraran en vigor. Sin embargo, un informe encargado por el Ministerio de Administraciones Públicas a cuatro reputados juristas indicaba que "la ampliación de competencias [en el Estatuto] es masiva, injustificada y claramente contraria a la Constitución". Además rechazaban el blindaje de las nuevas competencias que pretendía asumir la Generalidad porque suponía "maniatar al Estado".[2].
Entre las competencias económicas y financieras, una de las más destacadas por los medios fue que la Generalidad era la administración que fijaba los horarios comerciales (art. 121), así como que se otorgaba a la Generalidad la regulación de la organización de las cajas de ahorros, que incluía la determinación del estatuto jurídico de los miembros de los órganos rectores y de los otros altos cargos (artículo 126). En cuanto a las infraestructuras, la propuesta del Parlamento de Cataluña incluía que la posición de la Generalidad sería determinante para decidir si llevaba a cabo un trasvase entre cuencas fluviales que afectaran a su territorio (art. 117).[1].
Una de las novedades más destacadas por las fuerzas políticas y los medios catalanes fue que la Generalidad asumía competencias en inmigración que hasta entonces no tenía, incluyendo la potestad de establecer, a través de la Comisión Bilateral con el Estado, el contingente de inmigrantes que podía recibir Cataluña, además de ocuparse de la integración social y económica de ellos (art. 138). Otra novedad era la competencia de la Generalidad para gestionar los servicios del régimen económico de la Seguridad Social de España, uno de los puntos más criticados por el Partido Popular por considerar que rompía la caja única de la Seguridad Social (art.165).[1].
En cuanto a educación, cultura, deporte y ocio, uno de los aspectos más destacados por los medios catalanes fue la competencia de la proyección exterior del deporte catalán, lo que suponía que se podrían formar selecciones catalanas que participaran en las competiciones oficiales internacionales (artículo 134).[1]
En cuanto a las nuevas competencias administrativas, se destacó que sería la Generalidad el organismo que fijaría las competencias de los entes locales de Cataluña, lo que incluía la desaparición de las cuatro diputaciones provinciales catalanas, que serían sustituidas por siete veguerías (art. 151 y 160).[1].
Sentencia del Tribunal Constitucional
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 declaró inconstitucionales tres incisos de los artículos 110, 120 y 126 (que ya han sido señalados con un tachado en el apartado anterior) y otros cinco (junto con el 110) sometidos a la interpretación del Tribunal para que pudieran ser considerados acordes con la Constitución Española de 1978. Los artículos afectados (con su correspondiente interpretación) fueron los siguientes:.