Espacio contextual avanzado
Introducción
Hábitat colectivo o residencia multifamiliar es un tipo de hábitat humano en donde varios hogares familiares o domicilios se ubican en el mismo edificio o inmueble.[1][2] Este concepto se opone al de hábitat individual,[3] y también incluye y se diferencia del hábitat intermedio") o hábitat semi-colectivo") (alojamientos superpuestos como en el colectivo, pero con accesos individualizados y espacios exteriores privativos).[4][5].
No debe confundirse con las construcciones unifamiliares que comparten pared medianera") pero no se disponen una sobre otra (aunque cada una pueda tener varios pisos), y responden al concepto anglosajón de terraced house (en el urbanismo español desde finales del XX se usa la denominación inmobiliaria de "chalet adosado")").
No debe confundirse el concepto de vivienda colectiva con el de vivienda colectivizada"), resultado de la colectivización de la vivienda en el contexto de procesos revolucionarios colectivistas (kommunalka en la Unión Soviética), ni este con el de "okupación" de la vivienda o con el de vivienda pública.
Por otro lado, el concepto de hábitat colectivo también se distingue de otros usos no residenciales de los inmuebles, como son las funciones económicas (edificios, industriales, comerciales o de oficinas) o las de equipamiento (edificios educativos, sanitarios, deportivos, etc.).
Las denominaciones bloque de viviendas, bloque de pisos, bloque de apartamentos, edificio de viviendas,[11] edificio de pisos, edificio de apartamentos, u otras similares se refieren concretamente a las construcciones o edificios destinados a viviendas, divididas en pisos, en cada uno de los cuales se dispone uno o más alojamientos familiares independientes (apartamento). El DRAE recoge la expresión "casa de vecindad" como la "casa que contiene muchas viviendas reducidas, por lo común con acceso a patios y corredores "Pasillo (arquitectura)")",[12] equivalente a la definición de corrala (con la indicación de "antigua" y "en Madrid especialmente").[13].
Responden a un concepto de vivienda multifamiliar frente al concepto de vivienda unifamiliar.[14] En términos de propiedad pueden ser objeto de figuras jurídicas como la propiedad horizontal o el condominio, distinguiéndose las zonas comunes") (portales, escaleras, rellanos"), patios, azoteas, tejados, zonas de servicios comunes como ascensores, calderas "Caldera (calefacción)") o antenas colectivas"), etc.), de las privativas de cada propietario (los alojamientos en sí, a partir de su puerta individual); o bien al contrario, ser todo el inmueble propiedad de un casero&action=edit&redlink=1 "Casero (propietario) (aún no redactado)") que lo alquila por partes a inquilinos,[15] o se ofrece como prestación social")[16] o como complemento salarial en especie por las autoridades o las empresas.[17].